Probablemente nadie en su sano juicio pensaría que unas pesas de por sí te musculan, que un balón de baloncesto te mejora el tiro, que la goma del pelo te puede concentrar para un partido de tenis o que una pulsera nos rearmonice el cuerpo (a pesar de que la lleve la Ministra de Sanidad).
Quizás si nos acogemos a la magia o al inocente pensamiento infantil encontramos que el animismo tiene sentido entonces. Pero no podemos permitir que publicidad de este tipo invada nuestras calles, y que induzca a error a los consumidores.
Analicemos: Un zapato que cuida de nosotros, que nos mantiene en forma, mejora la salud, fortalece el corazón, reduce el colesterol… En definitiva, una prenda de vestir que mejora nuestra salud frente al ejercicio sin ella. ¿Acaso no tenemos esas propiedades saludables sin ese calzado, o con cualquier otro?
¡Cuanto menos sorprendente! Me recuerda a las propiedad saludables de andar o de la actividad física moderada, ¿casualidad? no, simplemente engaño.
Si al menos hubiesen tenido la decencia de publicitar una menor incidencia de juanetes… pero no, eso es poco atractivo.
La ley general de publicidad, incluye un apartado de publicidad ilícita, incluyendo uno concretamente de publicidad engañosa. Nos dice entre otras cosas que “Es engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su presentación, induce o pueda inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor”. También el artículo 4 del Real Decreto 1.907/1996 chirría con esta fotografía, ya que incluye “Propiedad específica de adelgazamiento”, y “efecto preventivo y terapeútico”.
Genial aportación
Gracias
Buena entrada.
Petición, una entrada sobre la pulserita de las narices. 🙂
En este caso no puedo estar más de acuerdo contigo. Un calzado adecuado es necesario, pero de ahí a atribuirle propiedades que proceden del hecho de caminar, hay un trecho. No son las botas, sino los kilómetros que recorres con ellas.
Un saludo